Habilitación Oficial
Para obtener la habilitación oficial como Detective Privado deberá presentarse ante la Unidad Central de Seguridad Privada, los siguientes documentos:
- Instancia del interesado.
- Dos fotografías tamaño carné.
- Certificado médico de poseer aptitud física y capacidad psíquica necesarias para prestar servicios de Seguridad Privada.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes.
- Declaración sobre incompatibilidades a que se refiere el artículo 20 de la Ley 23/1992 y los apartados e), f), g) y h) del artículo 53 del Real Decreto 2364/1994.
- Original o fotocopia compulsada del Título de Bachiller, de Técnico Superior, de Técnico en las profesiones que se determinen, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
- Original o fotocopia compulsada del diploma de detective privado, reconocido a estos efectos en la forma que se determine por Orden del Ministerio del Interior.
- Documento acreditativo del Alta Censal, para detectives como titulares de despacho, o en su caso justificante de afiliación a la Seguridad Social para detectives dependientes.
- En caso de sociedades de detectives: Inscripción en el Registro de Sociedades, copia simple de escritura de constitución, Nota simple informativa con inscripción en el Registro Mercantil, Número de identificación fiscal definitivo.
- Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de la tasa por habilitación de Detective Privado, por apertura de despacho y por inscripción de sociedades, con arreglo al modelo 790, a favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras.


