Categorías

Los miembros de la Asociación se clasifican en:

  • Activos: Son aquellos que han obtenido la correspondiente Tarjeta de Identidad Profesional emitida por la Dirección General de la Policía y ejerzan activamente la profesión. Tienen derecho a Voz y Voto y son elegibles para cargos directivos.
  • Estudiantes: Son aquellos que demuestren de forma fehaciente que cursan estudios de detective privados en los centros autorizados. Estos no tendrán derecho a Voto ni pueden ser elegidos para cargos directivos. Independientemente, la solicitud de incorporación deberá ser avalada por dos asociados en activo de la Asociación.
  • Asociados: Son aquellos asociados extranjeros que ejercen en sus respectivos países y conforme a su legislación la profesión de detective privado. Sus derechos y deberes están limitados ya que no pueden ejercer los derechos de sufragio tanto activo como pasivo.
  • Numerarios: Son los asociados que no ejercen la profesión de Detective Privado, a pesar de contar con la habilitación oficial correspondiente.
  • Miembros de Honor: Son las personas que sean designadas por la Asamblea General, a propuesta del Comité de Dirección, en atención a sus merecimientos profesionales y actividades en beneficio de la profesión del detective privado.
  • Situación Especial: Los afiliados que se hallen en situación de jubilación  tendrán la consideración de miembros honorarios de la Asociación Nacional de Agencias de Detectives Privados de España, con derecho a voz y voto pero exceptuados del pago de cuotas, de acuerdo con el Art. 7 de los Estatutos.

* Las peticiones de afiliación deberán dirigirse al Consejo Directivo de la Asociación Nacional de Agencias de Detectives Privados de España, que  declarará  su admisión si concurren las circunstancias previstas en los presentes Estatutos aprobados por el Ministerio del Interior con el número: 594155.   Ver: