Resolución sobre protección de datos Entidad Bancaria

Con fecha de 03/08/2006 tiene entrada en esta Agencia un escrito de D. R.R.R.en el que declara que la Caja de Ahorros provincial San Fernando de Sevilla y Jerez (en lo sucesivo Caja San Fernando) ha comunicado sus datos a la Central de Información de Riesgos del Banco de España a causa de una deuda que data de 1985 y que está, por tanto, prescrita a la luz del artículo 1966 y 1964 del Código Civil.

Así pues el fichero CIRBE es de carácter público y las entidades bancarias están obligadas a suministrar los datos necesarios para identificar a las personas con quienes se mantengan riesgos de crédito en los términos que se han señalado. El fichero CIRBE no es un fichero de solvencia patrimonial y crédito, regulados por el artículo 29 de la LOPD y la Instrucción número 1/1995, de 1 de marzo, de la Agencia Española de Protección de Datos,relativa a prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito. El fichero CIRBE es un fichero de evaluación de riesgos asumidos por las entidades financieras y bancarias, siendo la entidad declarante de los datos la única que tiene la posibilidad de conocer los riesgos asumidos por sus clientes, los cuales comunica en cumplimiento de una obligación legal y para cuya inclusión no se exige el consentimiento del afectado. Ver